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CENTRO COMERCIAL L’illa Diagonal
La Asociación de Comerciantes del Centro Comercial L’illa Diagonal con NIF G-604864210 y dirección en la Avda. Diagonal 569, 2ª planta 08029 Barcelona, organiza una promoción abierta a todas las personas mayores de edad que:
Dicha promoción se desarrollará de acuerdo con las siguientes:
BASES DE PARTICIPACIÓN
PRIMERA. – La promoción se llevará a cabo desde el día 23 de octubre de 2023 al 29 de febrero de 2024, éste inclusive, entre las personas mayores de edad y residentes en el estado español, con exclusión expresa del personal empleado en el Centro, los propios comerciantes, los empleados de estos últimos y cualquier familiar, hasta segundo grado, de todos ellos.
SEGUNDA. – El regalo objeto de esta promoción es el sorteo de una Tarjeta Regalo de L’illa de valor 300 euros, válida para realizar compras hasta dicho importe en establecimientos del Centro Comercial L’illa Diagonal.
TERCERA. – Para participar en el sorteo el participante deberá:
- Recibir un talonario de descuentos exclusivos para oficinistas y trabajadores del entorno de L’illa. El Centro Comercial L’illa diagonal se pondrá directamente en contacto con empresas del entorno para realizar los envíos.
- Escanear el código QR con un dispositivo móvil habilitado en el cupón nº46 de dicho talonario.
- Rellenar el formulario digital con los siguientes campos: Nombre, apellido, email, teléfono.
- Presionar sobre el botón “Participar”.
CUARTA. – El procedimiento de sorteo será el siguiente:
El 4 de Marzo del 2024 se llevará a cabo el sorteo de la Tarjeta Regalo de 300 euros de L’illa en las oficinas de gerencia del Centro comercial, donde se escogerá un participante de la promoción. Se revisará que el participante ganador haya respondido todos los campos del formulario digital de forma correcta. Después de la selección del participante ganador, se elegirá un segundo y tercer participante de reserva.
Al ganador se le contactará por teléfono (mediante los datos que ha completado del formulario digital).
En caso de que la participación del ganador no cumpla los requisitos o no poder localizar a éste en el plazo de 3 días, el premio pasaría al segundo elegido, revisándose igualmente los requisitos de la promoción. Igualmente, si éste no cumpliera alguno de ellos, con el mismo procedimiento se pasaría al tercer participante elegido.
QUINTA. – El premiado deberá aceptar expresamente ceder el derecho a que su nombre, y si fuera necesario su imagen o su voz, sean publicados en los medios de comunicación y en el propio Centro Comercial L’illa como testimonio público de la promoción, para obtener el premio.
SEXTA. – La Asociación de Comerciantes, como mero organizador de esta promoción, no se hace responsable en ningún caso de posibles incidencias y/o reclamaciones de los premiados con respecto al regalo ofrecido.
SÉPTIMA. – El premio no será sustituible por otros artículo distintos al previsto, ni por dinero en efectivo ni transferencia bancaria. En caso de renuncia al mismo, en ningún caso el ganador podrá transferir el premio a un tercero. La empresa organizadora solicitará al ganador que acudan al Punto de Información del centro comercial L’illa con su DNI o pasaporte en vigor donde deberá rellenar un formulario de aceptación del premio. Sin esta documentación, el premio no podrá ser entregado.
El ganador tendrá un plazo máximo de 3 semanas para recoger la tarjeta regalo en el Punto de Información una vez el Centro comercial haya contactado con él. Una vez finalice este periodo, el premio se considerará renunciado.
OCTAVA. – La Asociación se reserva el derecho de resolver según su interpretación los aspectos no previstos en estas bases.
NOVENA. – La Asociación de Comerciantes del Centro Comercial L’illa se reserva el derecho de denegar el premio al agraciado, si se comprueba, o existen fundadas sospechas de que éste es una persona empleada en el Centro Comercial o en cualquiera de los negocios implicados en la promoción, o tiene una relación personal o de parentesco (primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad) con alguno de ellos.
DÉCIMA. – El ganador deberá asumir íntegramente los impuestos y retenciones derivadas de la percepción del premio.